Dirección del Trabajo aclara derechos de los trabajadores ante los cortes de agua potable provocados por el sistema frontal

La Dirección del Trabajo (DT) publicó un comunicado en el que precisa los derechos de los trabajadores frente a los cortes de suministro de agua potable que afectan a distintas comunas del país a raíz del sistema frontal, en especial la conurbación La Serena-Coquimbo, en la Región de Coquimbo, y varias comunas de la Región de Atacama. El documento fue emitido en línea con lo informado en conjunto con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social durante los últimos días.

El primer punto que establece la DT es que la seguridad y la salud de las personas están antes que la continuidad de las labores. El empleador debe proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, conforme al artículo 184 del Código del Trabajo, lo que incluye contar con agua potable para el consumo humano, para las necesidades básicas de higiene y con servicios higiénicos en funcionamiento, según el Decreto Supremo N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud.

En consecuencia, si el establecimiento no puede asegurar estas condiciones básicas —ya sea por la red regular o por medios de emergencia como agua envasada o estanques debidamente autorizados—, los trabajadores no pueden continuar desarrollando sus funciones y el empleador debe adoptar las medidas necesarias para suspender las faenas mientras persista la situación. La DT recuerda además que, frente a un riesgo grave e inminente, los trabajadores tienen derecho a interrumpir sus labores y abandonar el lugar de trabajo sin que puedan ser sancionados por ello, conforme al artículo 184 bis del Código del Trabajo.

El comunicado también aborda un punto especialmente relevante para quienes se han visto afectados por la emergencia: las ausencias y atrasos justificados por la contingencia no autorizan despidos ni descuentos de remuneraciones. Según el dictamen Ordinario N° 44737, del 17 de julio de 2026, las inasistencias provocadas por cortes de agua, cortes de caminos, suspensión del transporte, inundaciones, aislamiento o evacuaciones se entienden justificadas mientras esas condiciones persistan.

Finalmente, la DT hace un llamado a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad: evaluar las condiciones sanitarias antes de iniciar la jornada, ajustar horarios de entrada y salida, pactar teletrabajo cuando la naturaleza de las funciones lo permita y suspender las faenas si no existen condiciones adecuadas, situación que puede constituir fuerza mayor según los criterios fijados por el organismo.

La DT señaló que se trata de una situación dinámica que puede variar durante las próximas horas, por lo que llamó a mantenerse informados a través de los canales oficiales. Los incumplimientos vinculados a esta contingencia pueden denunciarse en el correo [email protected], en el portal Mi DT o en el teléfono 600 450 4000.